Se ha declarado el servicio esencial de determinados alojamientos turísticos para la prestación del servicio de alojamiento a trabajadores.
Los alojamientos señalados en el BOE del día de hoy prestarán servicios de alojamiento y de restauración para los trabajadores que lo necesiten, y para los transportistas profesionales de mercancías, aunque no se alojen y tienen permiso para acceder a las instalaciones, servicios de aseo y restauración.
Descargar BOE-A-2020-4027
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