Subvenciones para empresas de transporte publico de Mercancías para inversiones en mejora de las tecnologías

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La Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente ha publicado en el BOPA el pasado 8 de Abril la convocatoria de Subvenciones para empresas de transporte público de mercancías para inversiones en mejora de las tecnologías.

Estas subvenciones tienen por objeto la modernización del sector del transporte público de mercancías por carretera, entendiendo como tal la realización de alguna de las siguientes inversiones:

  • Sistemas de localización de vehículos y mercancías (GPS/GSM y GPRS).
  • Sistemas de recepción y transmisión de datos radiofrecuencia.
  • Adquisición e Instalación de Tacógrafo Digital y componentes.
  • Sistemas de tratamiento y almacenamiento de datos (lápices y dispositivos periféricos).
  • Equipos informáticos tales como ordenadores, impresoras, escáneres, routers, módems, elementos de comunicación periféricos.
  • Programas informáticos de gestión de flotas y de gestión de empresas de transporte. Programas de descarga, análisis y almacenamiento de datos del tacógrafo digital.
  • Instalación de redes informáticas e inversiones en accesos a Internet de banda ancha. Sólo inversiones en equipos e instalaciones.

Serán subvencionables aquellos gastos superiores a 600 euros (IVA excluido), estableciendo como inversión máxima subvencionable la cantidad de 10.000 euros (IVA excluido).

Estas inversiones deberán estar realizadas en el periodo comprendido entre el 22 de Junio de 2018 y el 31 de Mayo de 2019.

El plazo para la presentación de las subvenciones finalizará el 31 de Mayo de 2019 por vía presencial o telemática.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente resolución las personas físicas o jurídicas titulares de autorizaciones de transporte público de mercancías por carretera cuyos vehículos tengan una Masa Máxima Admitida (MMA) superior a 3.500 Kg., con licencia residenciada en Asturias, debiendo coincidir la titularidad de los vehículos con la de la autorización de transportes.

La solicitud  (en modelo normalizado) junto con un listado de las facturas aportadas, en modelo oficial de presentación de facturas, irá acompañada de los siguientes documentos:

  1. a) Copia del Documento Nacional de Identidad del empresario individual.
  2. b) Copia del N.I.F. (tarjeta de Identificación Fiscal) de la empresa solicitante.
  3. c) En el caso de sociedades, se acompañará copia de la escritura pública de constitución, debidamente inscrita, y, en su caso, de las modificaciones posteriores.
  4. d) Copia de la autorización de transporte de la que disponga la empresa.
  5. e) Copia del Permiso de circulación y ficha técnica del vehículo para el que se solicita la subvención.
  6. f) Declaración expresa y responsable de otras ayudas solicitadas y/o recibidas por el mismo concepto para el que solicita la ayuda.(Incluida en la solicitud).
  7. g) Justificación de la inversión realizada: los gastos se justificarán mediante facturas correspondientes al periodo que se indica, que serán originales a fin de poder ser diligenciadas y contrastadas en la Dirección General competente en la materia.

Toda factura deberá reunir los siguientes requisitos: número de factura, nombre, razón social y CIF o NIF de quien la emite; nombre, dirección y CIF o NIF del comprador, lugar y fecha. Contendrá una clara descripción del producto vendido o servicio prestado, así como el IVA.

Se deberá acreditar fehacientemente el pago, bien mediante el “recibí” o “pagado” con la firma y el sello del proveedor, o bien mediante justificante bancario.

  1. h) Memoria justificativa de la inversión realizada.

i Fichero de Acreedores debidamente cumplimentado.

La presentación de la solicitud de subvención, conllevará la autorización del solicitante, para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la seguridad social tanto del Estado como de la Comunidad Autónoma.

Estas subvenciones podrán alcanzar como máximo el 50% del coste de la inversión que se realice. Asímismo, hay que tener en cuenta que estas subvenciones están sujetas al régimen de minimis, estableciéndose que la ayuda total de minimis concedida a una empresa que opere en el sector del transporte por carretera no será superior a 100.000 € durante cualquier periodo de 3 ejercicios fiscales.

Toda la información así como el trámite de estas subvenciones podrás realizarlas a través de CESINTRA, personándote en nuestras oficinas.

 

 

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